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Nueva Ley para la flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas.

La ley prácticamente recoge las modificaciones que ya introducía el proyecto, tales como: reforzar la libertad de pactos entre las partes en los contratos de viviendas; reducción de cinco a tres años la prórroga obligatoria, y de tres a un año la prórroga tácita; permitir que el arrendador pueda recuperar la vivienda por necesidad habiendo transcurrido el primer año del contrato sin previsión expresa de la causa en el mismo; permitir que el arrendatario pueda desistir del contrato una vez hayan transcurrido seis meses comunicándolo con treinta días de antelación al arrendador.. y otras más.

 

Aquí puede consultar el texto de la nueva Ley

 

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